A nivel legal si hay algo por lo que ha venido marcado el Estado de Alarma es por la cantidad de normas publicadas en el BOE que afectan a nuestra vida diaria.
Una de ellas es la contenida en los Art 2 a 5 del RDL 15/20 de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
En estos artículos se reseñan una serie de medidas que pueden tomar las PYMES y los autónomos para reducir sus gastos en estos tiempos tan difíciles que nos ha tocado vivir.
Por ello, el RDL 15/20 regula para los arrendamientos distintos de vivienda una serie de opciones, encaminadas a disponer de la fianza depositada que podrá servir para el pago total o parcial de alguna o algunas mensualidades de la renta, o el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta.
Sin embargo, es necesario examinar caso por caso para comprobar la viabilidad de la pretensión, que se somete, en todo caso, al cumplimiento de unos requisitos que el propio Rea Decreto contiene.